Las ayudas para Pymes comerciales tienen el objetivo de apoyar la realización de proyectos que fomenten el desarrollo del comercio en la Comunidad Valenciana, promoviendo la mejora de la competitividad, la innovación y la sostenibilidad.
El plazo de la solicitud de estas ayudas para Pymes comerciales es del 1 de septiembre hasta el 15 de septiembre.
Beneficiarios ayudas para Pymes comerciales
Las PYMEs que cumplan con alguna de las siguientes categorías de actividad:
1.CNAE sección G, División 47: Comercio al por menor (excepto los grupos 4726,
473, 4773, 478 y 479).
2.IAE División 6, agrupaciones:
- Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabacos,
realizado en establecimientos permanentes. Excepto 646 y 647.5
- Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios
realizado en establecimientos permanentes. Excepto 652.1, 654 y 655.
Desembolso de la ayuda
La liquidación de las ayudas para pymes comerciales se efectuará una vez ejecutado y justificado el proyecto en su totalidad. Existen tres líneas de financiación:
1.EMPRENEM COMERÇ: Apertura de un establecimiento comercial.
2.CREA COMERCIO: Reforma de un establecimiento comercial existente o creación de una web vinculada al establecimiento.
3.CREA COMERCIO RURAL: Inversiones realizadas en establecimientos ubicados en municipios de menos de 1.000 habitantes en la Comunidad Valenciana.
A continuación se desarrollan estas líneas de financiación:
LÍNEA 1: EMPRENEM COMERÇ
Serán subvencionables los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica.
Apertura del establecimiento entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre de 2025.
Importe subvencionable:
- Hasta el 40% del presupuesto
- Máximo 10.000€
Gastos subvencionables:
- Estudios de viabilidad, factibilidad comercial, distribución, iluminación, ahorro energético y diseño del establecimiento.
- Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa o para el inicio de la actividad en el establecimiento comercial y, además, en su caso, online.
- Gastos de alquiler de local devengados hasta el 30 de septiembre. Máximo 5.000€.
Plazo de ejecución de los gastos: Del 1 de enero al 30 de septiembre de 2025.
LÍNEA 2: CREA COMERCIO
Serán subvencionables las inversiones en equipamiento, obras e instalaciones para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento, destinada a la implantación de la venta en línea o la integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, a los establecimientos situados o que se implantarán en la Comunitat Valenciana.
Importe subvencionable:
- Hasta el 50% de la inversión realizada
- Mínimo 3.000€ y máximo 40.000€
Gastos subvencionables:
- Equipamiento para la exposición
- Almacenamiento y venta del producto
- Señalización e identificación del establecimiento
- Sistemas de seguridad
- Accesibilidad
- Ahorro energético
- Tratamiento de residuos
Solo serán subvencionables las obras realizadas en la zona de venta del establecimiento.
Plazo de ejecución de los gastos: Del 1 de enero al 31 de octubre de 2025.
LÍNEA 3: CREA COMERCIO RURAL
Serán subvencionable las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web, vinculada al establecimiento, si su fin es implantar la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, en los establecimientos ubicados, o a implantar, en los municipios de menos de 1.000 habitantes de la Comunitat Valenciana.
Estos establecimientos podrán estar ubicados en espacios multiservicio de propiedad pública o privada.
Importe subvencionable:
- Hasta el 50% de la inversión realizada
- Máximo 20.000€
Plazo de ejecución de los gastos: Del 1 de enero al 31 de octubre de 2025.
Si estás interesado en solicitar esta ayuda, contacta con nosotros a la siguiente dirección de correo: financiacion@tbig.es